Impuestos ambientales arrancan en Estado de México, alerta Baker McKenzie
Baker McKenzie, firma global de abogados, advierte que a partir del próximo primero de abril, entrarán en vigor tres nuevas disposiciones del Código Financiero del Estado de México, en materia medioambiental:
- Impuesto Ecológico sobre la Eliminación, el Confinamiento y el Almacenamiento de Residuos (“Impuesto sobre los Residuos”);
- Aplicable a los generadores de residuos urbanos no peligrosos que, por sí solos o a través de intermediarios, los desechen en rellenos sanitarios, centros de acopio y otros sitios de disposición dentro del Estado de México, si la liberación de residuos causa un efecto adverso al medio ambiente, al equilibrio ecológico o a la salud pública.
- Impuesto sobre Emisiones Contaminantes al Agua (“Impuesto de Aguas”).
- Deberán pagar este impuesto las personas físicas o morales que realicen actividades lucrativas, independientemente de su naturaleza jurídica, financiera o fiscal o de su domicilio, que bajo cualquier título, por sí o a través de intermediarios, depositen, descarten o viertan contaminantes en cuerpos de agua ubicados en el Estado de México, como consecuencia de sus actividades.
- Nuevas tarifas aplicables al Impuesto sobre las Emisiones Atmosféricas Contaminantes (“Impuesto a las Emisiones Atmosféricas”), vigente desde 2022.
- Este impuesto debe ser pagado por las personas físicas o morales que operen fuentes fijas de emisión atmosférica en el Estado de México, y que emitan gases contaminantes, si el agregado de las emisiones que contienen dióxido de carbono, metano y óxido nitroso, ya sea individualmente o una mezcla de estos, es igual o superior a una tonelada métrica de dióxido de carbono equivalente (t CO2e) al mes.